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Plazos de la Ley de Seguridad Privada: calendario actualizado

La Ley 21.825 movió el plazo del 28 de mayo de 2026 al 28 de mayo de 2027. Calendario completo de la Ley de Seguridad Privada con fuentes oficiales.

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Equipo Beech Rondas

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Plazos de la Ley de Seguridad Privada: calendario actualizado

El 28 de mayo de 2026 vencía el plazo para presentar los estudios de seguridad de la Ley 21.659. Ese mismo día se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.825, que lo extendió de seis a dieciocho meses. El nuevo vencimiento es el 28 de mayo de 2027. Este es el calendario completo, con las fuentes oficiales de cada fecha.

Publicado el 22 de julio de 2026 · Última actualización: 22 de julio de 2026 · Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Los plazos han cambiado antes: verifica siempre contra el Diario Oficial.

Calendario de la Ley de Seguridad Privada

FechaHito
21 de marzo de 2024Publicación de la Ley 21.659 en el Diario Oficial
14 de febrero de 2025Publicación del Decreto 208, Reglamento de Eventos Masivos
27 de mayo de 2025Publicación del Decreto 209, Reglamento de Seguridad Privada
28 de noviembre de 2025Entrada en vigor de la Ley 21.659
28 de mayo de 2026Vencía el plazo original de seis meses · Se publica la Ley 21.825 que lo extiende
28 de mayo de 2027Nuevo plazo: dieciocho meses desde la entrada en vigor

Qué cambió exactamente con la Ley 21.825

La Ley 21.825 —"Modifica la ley N° 21.659, sobre seguridad privada, para aumentar el plazo de presentación y pronunciamiento sobre los estudios de seguridad que dispone, y extiende la prórroga de vigencia de la última autorización del personal de seguridad privada que indica"— se promulgó el 25 de mayo de 2026 y se publicó el 28 de mayo de 2026 en el Diario Oficial N° 44.460.

Consta de un artículo único con tres cambios concretos:

  • Estudios de seguridad: de seis a dieciocho meses. En el artículo segundo transitorio de la Ley 21.659 se reemplaza la expresión "de los seis meses siguientes a" por "del plazo de dieciocho meses contados desde".
  • La autoridad tiene 90 días hábiles para responder. Se agrega un inciso nuevo: en la tramitación de esos estudios no opera el plazo del inciso tercero del artículo 15, y la Subsecretaría de Prevención del Delito debe pronunciarse en un máximo de noventa días hábiles.
  • Autorizaciones del personal: también a dieciocho meses. En el inciso segundo del artículo tercero transitorio se reemplaza "seis meses contados" por "dieciocho meses contados", extendiendo la vigencia de la última autorización de vigilantes, guardias, porteros, nocheros y rondines.

Por qué se prorrogó

La razón que se discutió en el Congreso fue operativa: retrasos en la plataforma que debía habilitar el Estado a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito impidieron tramitar a tiempo las autorizaciones. Sin la prórroga, decenas de miles de trabajadores del rubro quedaban sin autorización vigente. La ley se publicó justamente el día en que vencía el plazo original.

El dato relevante para planificar: este calendario ya se movió una vez. Conviene no dejar la preparación para el final del nuevo plazo.

Qué plazos NO modificó la Ley 21.825

La Ley 21.825 tiene un artículo único y solo toca los artículos segundo y tercero transitorios de la Ley 21.659. Los demás hitos de implementación informados por el Gobierno al entrar en vigor la ley —entre ellos la creación del Registro de Seguridad Privada y la evaluación gradual de las entidades obligadas— no fueron modificados por esta ley. Si tu planificación depende de alguno de ellos, verifica su estado directamente con la autoridad, porque no todos los hitos comparten el mismo calendario.

Fuentes oficiales

Cómo usar el tiempo que queda

Dieciocho meses parecen holgados, pero el estudio de seguridad describe medidas que después hay que sostener y demostrar: la Subsecretaría tiene noventa días hábiles para pronunciarse, y luego viene la fiscalización de lo comprometido.

Ahí es donde conviene tener resuelta la evidencia operativa antes que el papel. Un sistema de control de rondas deja registro verificable de cada patrullaje —hora, ubicación GPS y marca inalterable— y genera los reportes que respaldan que el servicio comprometido se prestó. Ningún software presenta un estudio de seguridad por ti; lo que hace es documentar que tus medidas se ejecutan.

Conclusión

El plazo vigente es el 28 de mayo de 2027, dieciocho meses desde la entrada en vigor de la Ley 21.659 el 28 de noviembre de 2025. Contrasta siempre contra el texto vigente en Ley Chile: este calendario ya cambió una vez y puede volver a cambiar.

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